FASES DEL PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES

 

 

1.La apertura del expediente se comunica al reclamante en un plazo máximo de 10 días hábiles.


2. Al mismo tiempo, la queja o reclamación se traslada a la entidad reclamada para que presente las alegaciones y la documentación que estime oportunas, en un plazo de 15 días hábiles.


3. Durante la tramitación de ¡aqueja o reclamación el procedimiento puede finalizar por desistimiento del interesado, por allanamiento de la entidad a las pretensiones del reclamante o porque ambas partes alcancen un acuerdo.


4. Con carácter general, el plazo máximo para la resolución del expediente es de 4 meses desde la fecha de presentación del escrito de reclamación, salvo que concurran circunstancias que deberán ser debidamente explicadas en el informe final.

 

 

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